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Estimado Solicitante para la Concesión de Carritos Ambulantes:
Gracias por su interés en ofrecer concesiones de comida y bebidas por medio de carritos ambulantes en los parques de la Ciudad de Dallas. Por favor, revise las reglas e información de permisos incluidos. Las solicitudes de permisos para la concesión de carritos ambulantes tienen una vigencia de doce (12) meses y deben presentarse por escrito. Los paquetes deben estar completos antes de ser procesados, lo cual incluye la Sección 3, artículos A-F.
Se requerirá un Permiso de Servicio Móvil de Alimentos antes de que se le otorgue un Permiso de Concesión de Carrito. Para recibir el Permiso de Servicio Móvil de Alimentos se requiere una inspección de la unidad móvil de alimentos por parte de la División de Salud del Consumidor y Cumplimiento de Códigos de la Ciudad de Dallas y, en algunos casos, la realización de una clase para el manejo de alimentos. El Departamento de Parques y Recreación sólo procesará su Permiso de Concesión de Carrito Ambulante, una vez que el Permiso de Servicio Móvil de Alimentos y los demás requisitos hayan sido entregados.
Una vez recibido el paquete de permiso completado, la Oficina de Atletismo, Eventos y Reservaciones procesará la solicitud de permiso y completará la verificación de sus antecedentes. Este proceso puede tardar entre 8 y 9 semanas en completarse. Entonces se le notificará, y se programará una cita para obtener su permiso y firmar el Contrato de Permiso de Concesión de Carritos Ambulantes. SI NECESITA AYUDA PARA COMPLETAR LOS REQUISITOS INDICADOS EN EL PAQUETE DEL PERMISO, PROGRAME UNA CITA LLAMANDO AL (214) 670-8890.
Es un placer trabajar con usted para ofrecer servicios de comida y bebidas de calidad a los clientes de nuestros parques.
Charli JacksonEvents Manager IIAthletics, Events, and ReservationsCity of Dallas Park and Recreation
DEPARTAMENTO DE PARQUES Y RECREACIÓN DE DALLASREGLAS PARA EL PERMISO DE CONCESIÓN DE CARRITOS AMBULANTES
SECCIÓN 1 - DIFINICIÓN DE TÉRMINOS A continuación, se definen los términos que se usan en este documento y en los documentos adjuntos:
SECCIÓN 2 - SOLICITUDES DE PERMISO
SECCIÓN 3 - CALIFICACIONES Y REQUISITOSCada solicitante que presente una solicitud por escrito deberá cumplir los requisitos mínimos que se detallan a continuación e incluir en la solicitud los siguientes documentos, que se usarán como criterios de evaluación para seleccionar al solicitante o solicitantes más calificados:
SECCIÓN 4 - REGLAS GENERALES
SECCIÓN 5 - ESPECIFICACIONESEl Departamento de Parques y Recreación (Ciudad de Dallas) firmará un contrato por escrito con el solicitante aprobado, otorgándole el privilegio de operar concesiones de carritos ambulantes de alimentos y bebidas en los Parques de la Ciudad de Dallas.
TÉRMINOEl término del Contrato de Permiso de Concesión de Carritos Ambulantes durará por un período específico de doce (12) meses. El contrato está sujeto a las condiciones que se indican a continuación; la violación de las cuales será suficiente para la cancelación del contrato por parte del Director de Parques y Recreación de la Ciudad de Dallas y/o el/los representante(s) designado(s) por el Director.
VENTA DE PRODUCTOS
PERMISO DE SALUD DEL CONSUMIDORTodas las operaciones de concesión de alimentos y bebidas en el parque necesitan un Permiso de Servicio Móvil de Alimentos emitido por la División de Salud del Consumidor de la Ciudad de Dallas. Para más información, llame a la División de Salud del Consumidor de la Ciudad de Dallas al (214) 670-8083.
SUPERVISIÓNEl Concesionario de Carritos Ambulantes deberá supervisar en todo momento la operación de su concesión. El Director de Parques y Recreación o su representante autorizado tendrá el derecho de supervisar la manera de ejercer el privilegio otorgado y la conducta del concesionario de carritos y sus empleados. Esta supervisión se realizará por el Director de Parques y Recreación y/o su(s) representante(s) designado(s).
El concesionario no discriminará a ningún empleado o solicitante de empleo ni en la prestación del servicio público especificado en este contrato por motivos de raza, credo, color u origen nacional. El concesionario de carritos ambulantes, en todas las solicitudes o anuncios de contratación de empleados realizados por el concesionario o en su nombre, declarará que todos los solicitantes calificados serán considerados para el empleo sin importar su raza, credo, color u origen nacional.
LIMPIEZALa concesión de carritos ambulantes se deberá mantener limpia, ordenada y conforme a las ordenanzas y leyes vigentes que regulan las concesiones de alimentos. El concesionario de carritos o cualquier persona que trabaje para él no tirará basura, vidrio, plástico ni cajas de cartón de ningún tipo en las instalaciones ni en los edificios. Los concesionarios de carritos deben tener sus propios basureros para colocar en sus carritos. Los concesionarios de carritos deberán recoger la basura de la preparación de alimentos y de sus basureros cuando salgan del parque. El concesionario de carritos recibirá dos advertencias en caso de que la basura no se recoja correctamente y/o el área de concesión no se mantenga limpia y libre de residuos. El permiso del parque se dará por terminado y/o el concesionario perderá el derecho a obtener un nuevo permiso a la tercera vez que ocurra.
AGUAS RESIDUALESEl concesionario de carritos ambulantes no desechará ni causará el desperdicio de agua en el terreno del parque ni en las instalaciones o desagües pluviales. Todas las aguas residuales, incluido el hielo usado como refrigerante, deberán drenarse en un depósito de retención y eliminarse apropiadamente, de acuerdo con las reglas de la División de Salud del Consumidor. El Concesionario de Carritos Ambulantes recibirá una sola advertencia en relación con el cumplimiento de las aguas residuales. El permiso del parque se dará por terminado y/o el concesionario de carritos perderá el derecho a adquirir un nuevo permiso a la segunda infracción.
OTROS CONTRATOS DE CONCESIÓNEl Director de Parques y Recreación se reserva el derecho de ofrecer otros servicios de concesión en lugares dentro de estos parques si la demanda o la ocasión lo ameritan.
REALQUILER DE LA CONCESIÓNEl concesionario de carritos ambulantes no venderá, realquilará ni cederá este contrato o cualquier parte a ninguna otra persona o personas, excepto con la aprobación por escrito del Director de Parques y Recreación. Cualquier asignación o alquiler según esta disposición estará sujeta a todas las cláusulas de este contrato.
VIOLACIÓN DEL CONTRATO, DE LA LEY Y/O DE LAS ORDENANZASEn el caso de que cualquier subalquiler, cesionario o empleado del concesionario de carritos sea encontrado infringiendo voluntariamente cualquier ley u ordenanza o condición de este contrato o se convierta en alguien desagradable y ofensivo para el orden y uso de dichos terrenos, el concesionario estará obligado a desalojar inmediatamente a dicha persona de los terrenos. El Director de Parques y Recreación o un representante puede, además, terminar y cancelar este contrato a su discreción, y hacer que el equipo sea retirado del área.
RESPONSABILIDADESEl Departamento de Parques y Recreación (Ciudad de Dallas) no garantiza la protección policial y no será responsable de ninguna pérdida o daño sufrido por el concesionario de carritos ambulantes. La ciudad está de acuerdo en permitir al Concesionario de Carritos Ambulantes terminar el servicio y retirar el equipo sin penalización de los lugares del parque donde pueda ocurrir vandalismo excesivo. La determinación de vandalismo excesivo será según el juicio del Supervisor de Concesiones de la Ciudad, como representante del Director de Parques y Recreación, y el representante designado del Concesionario de Carritos Ambulantes. El Concesionario de Carritos Ambulantes mantiene exenta a la Ciudad de Dallas de cualquier reclamo por daños y perjuicios de cualquier naturaleza y tipo, sufridos o declarados por la persona o propiedad de cualquier persona que surjan o resulten del uso del privilegio aquí otorgado, excepto por cualquier pérdida o daño resultante de actos negligentes de cualquier empleado de la Ciudad de Dallas. Nada de lo establecido en el presente documento se interpretará como una modificación de la condición del Concesionario como contratista independiente. La Ciudad de Dallas niega expresamente cualquier relación implícita de subordinación o empleo constructivo del concesionario de carritos.
CLÁUSULA DE TERMINACIÓNSe entiende y acuerda que el concesionario de carritos desalojará cualquier parque sin demora tras treinta (30) días de notificación por escrito por parte de la Ciudad de Dallas o del Director de Parques y Recreación. En el caso de que el contrato sea cancelado por cualquier razón, o a la terminación del contrato y en el caso de que el concesionario de carritos no desaloje las instalaciones mencionadas a la cancelación anteriormente mencionada o a la terminación del contrato, el Departamento de Parques y Recreación (Ciudad de Dallas) no será responsable de ningún daño que pudiera ocurrir a dicho concesionario de carritos, como consecuencia de que la Ciudad de Dallas retire por la fuerza la propiedad del concesionario de carritos y sin perjuicio de cualquier recurso que de otro modo pudiera utilizarse por posesión o por atrasos en el pago de porcentajes.
Al seleccionar el botón "Acepto" usted declara que la información proporcionada en esta solicitud es verdadera y correcta y entiende que si proporciona información falsa o ficticia esta solicitud será inválida.
Al seleccionar el botón "Acepto", está firmando este Acuerdo electrónicamente. Usted acepta que su firma electrónica es el equivalente legal de su firma manual/escrita en este Acuerdo.
Al seleccionar "Acepto" desde cualquier dispositivo, medio o acción, acepta los términos y condiciones de este Acuerdo que son legalmente vinculantes. Además, acepta que su firma en este documento (en lo sucesivo, su "Firma electrónica") es igual de válida que si hubiera firmado el documento por escrito.
También acepta que no se necesita ninguna autoridad de certificación u otra verificación de un tercero para validar su Firma Electrónica, y que la falta de dicha certificación o verificación de un tercero no afectará de ninguna manera el cumplimiento de su Firma Electrónica o cualquier acuerdo resultante entre usted y la Ciudad de Dallas. También confirma que es la persona autorizada para firmar este Acuerdo.
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